A través de un nuevo video en su canal de Youtube, SAGO A.G. puso a su disposición de sus socios y productores agrícolas en general los alcances y correcto cumplimiento...
A través de un nuevo video en su canal de Youtube, SAGO A.G. puso a su disposición de sus socios y productores agrícolas en general los alcances y correcto cumplimiento de la Ley N° 16.744 que entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. (Mundo Agropecuario).
Conforme a la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, las empresas pagan un seguro en el sistema de mutualidades que otorga a sus trabajadores el beneficio para recibir en forma gratuita prestaciones médicas y económicas en el evento de sufrir un accidente del trabajo, de trayecto o una enfermedad profesional.
La manera de activarlo, incluye las siguientes etapas: el trabajador afectado debe avisar inmediatamente a su jefe o supervisor directo, en tanto que el empleador debe prestarle los primeros auxilios, si corresponde, y derivar oportunamente al afectado a la mutualidad o al servicio médico que corresponda al Instituto de Seguridad Laboral.
Asimismo, la comunicación del hecho es de carácter obligatorio y debe hacerse es por escrito a la mutual de empleadores a la cual esté afiliado o al servicio de salud respectivo, en caso de no estar afiliado a alguna mutualidad.
José Antonio Alcázar, gerente general de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno, SAGO A.G., aseveró que una de las líneas de acción permanente del gremio tiene que ver con el estricto cumplimiento de las normas laborales, dentro de las cuales, obviamente, una de las más sensibles tiene relación con los riesgos que enfrentan los colaboradores en sus tareas diarias y las maneras de accionar cuando las medidas de prevención han sido sobrepasadas por un accidente.